SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0638/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0638/2011-R

Fecha: 03-May-2011

“improcedente”

La Sala Civil, Social, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 18 de 15 de junio de 2009, cursante de fs. 76 a 78 vta., declaró “improcedente” la acción planteada, en base a los siguientes fundamentos: i) Es un requisito imprescindible el agotamiento previo de los medios y recursos legales, sean éstos judiciales o administrativos, en cuyo caso, el interesado debe acudir en defensa de sus derechos fundamentales a través de todos los medios idóneos previstos en el ordenamiento jurídico antes de acudir a la jurisdicción constitucional; ii) De la revisión de la documentación cursante en el expediente, se puede evidenciar que el accionante no impugnó las observaciones y el rechazo del Plan General de Manejo Forestal, que fueron recibidas por su persona pudiendo interponer los recursos que le franquean los arts. 43, 44 y 45 de la Ley Forestal (LF), norma concordante con los arts. 64 y ss de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA).