SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0645/2011-R
Fecha: 03-May-2011
Fragmento 15
En el caso de autos, encontrándose con detención preventiva la actual accionante, al momento de solicitar la cesación de la misma, presentó pruebas que a criterio de la accionante no fueron debidamente compulsadas por la autoridad demandada, lo que originó -según la actora- la detención ilegal. Al respecto, de la revisión de la Resolución 130/2009 de 19 de octubre de 2009 emanada por la autoridad demandada, la misma hace mención de manera escueta a certificaciones concluyendo que la prueba presentada debe ser útil, pertinente y necesaria a la pretensión buscada, no encontrándose en consecuencia una ausencia de valoración de pruebas o que las mismas se hayan apartado de los criterios rectores al efecto.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- corresponde al solicitante, desvirtuar a través de los medios de prueba a su alcance
- con los elementos de convicción necesarios
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- APROBAR