SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2011-R

Fecha: 03-May-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2009, cursante de fs. 3 a 4 y ampliado el 15 del mismo mes y año cursante a fs. 6, los accionantes Angel Fernando Poaca Condori y Fernando Alfredo Delgadillo, refieren que el 12 del citado mes y año a horas 22:30, fueron detenidos por efectivos de la Policía Boliviana y puestos a conocimiento de la Fiscal de Materia, Vidalia Morales Avila, por ante quien prestaron su declaración informativa en horas de la mañana del 13 del mismo mes y año en presencia de su abogado patrocinante. Señalan también, que a la fecha han transcurrido más de veinticuatro horas establecidas en la Constitución Política del Estado conforme lo determina el art. 23 inc. 4) que establece dicho plazo, sin saber la hora ni el juzgado en el que debería llevarse a cabo la audiencia de medidas cautelares, violándose sus derechos y garantías constitucionales, en cuanto se refiere al debido proceso, existiendo de tal forma un procesamiento indebido por parte de la Fiscal de Materia asignada al caso, por mala aplicación del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP) concordante con el 303 del mismo cuerpo legal.