Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.2.
II.2. Por memoriales cursantes a fs. 59, 62 y vta., 75, 81, 101 y 114, la demandada, solicitó elaboración de planillas de liquidación de pensiones de asistencia familiar devengadas, mismas que fueron notificadas al accionante conforme se evidencia de las diligencias cursantes de fs. 60, 76 vta., 81 vta., 116 y 129 a 131 del expediente de la acción de libertad.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario demandados
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Legalidad y vigencia del mandamiento de apremio en materia familiar
- y/o Estado Boliviano
- REVOCAR