Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.4.
II.4. El accionante fue detenido en la ciudad de Yacuiba el 6 de noviembre de 2009, en cumplimiento de mandamiento de apremio de 2 de julio de ese año, por el incumplimiento del pago de pensiones de asistencia familiar, habiendo sido conducido a la carceleta pública de Villa Montes, donde guardó detención hasta el 11 de noviembre de 2009, conforme se acredita de las fotocopias legalizadas del cuaderno de novedades del recinto carcelario (fs. 43 a 47 vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario demandados
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Legalidad y vigencia del mandamiento de apremio en materia familiar
- y/o Estado Boliviano
- REVOCAR