Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2011-R
Fecha: 16-May-2011
1)
Con el uso de la palabra, el Director del recinto penitenciario “San Roque”, argumentó: 1) En los sucesos de la gestión 2007, se quemaron registros; sin embargo, en esa fecha, los archivos existentes ya tienen el orden necesario; 2) Consta un mandamiento de condena por cuatro años de reclusión, emanado por autoridad competente; y, 3) No cometió actos contra la vida ni la integridad física del accionante, ni de persecución, por cuanto “estuvo en libertad” por otro delito al haberse expedido un mandamiento de aprehensión por el juez de ejecución penal pero el condenado se presentó voluntariamente, como se demuestra en el memorial presentado ante dicha autoridad.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre el debido proceso y la protección que brinda la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR