Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2011-R
Fecha: 20-May-2011
y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos
La Constitución con relación a la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores señala en su art. 48.III, que: “Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos” (las negrillas nos corresponden).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC
- SC 0023/2010-R
- y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos
- SC 0215/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- se hace responsable de la obligación para el pago de los beneficios sociales
- REVOCAR