Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2011-R
Fecha: 20-May-2011
Fragmento 8
El accionante, alega la restricción de su libertad, por cuanto las autoridades demandadas, señalaron que la documentación presentada, no logró desvirtuar el peligro de obstaculización, toda vez que la misma no es considerada idónea y no aporta elementos de convicción que modifiquen o enerven los fundamentos de su detención; por lo que, considera que los demandados no han realizado una valoración de toda la documentación presentada, a objeto de desvirtuar los motivos que han fundado su detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedente”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 8
- III.1.
- Fragmento 10
- III.2. Atribución de las autoridades de la jurisdicción ordinaria respecto a la valoración de la prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR