SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2011-R

Fecha: 30-May-2011

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Sergio Vásquez Jiménez, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, mediante informe escrito cursante de fs. 16 a 17, leído en audiencia, señaló que el accionante no se encuentra indebidamente privado de libertad, puesto que se determinó su detención preventiva, debido a la existencia de suficientes elementos de convicción de su participación en grado de complicidad respecto al delito que se le imputó, además de la concurrencia de los supuestos establecidos por el CPP, relacionados al peligro de fuga y de obstaculización en la averiguación de la verdad, y si posteriormente se le negó las solicitudes de cesación de la detención preventiva, fue porque el accionante no desvirtuó el peligro de obstaculización.