AUTO CONSTITUCIONAL 201/2011-RCA
Fecha: 03-Jun-2011
a) Exposición con precisión y claridad de los hechos
El accionante ha expuesto con claridad y precisión los hechos que sirven de fundamento, pues señala que los Vocales de la Sala Penal, ahora demandados, al anular mediante Auto de Vista 347/10, la Resolución 238/2010, emitida por el Juez Segundo de Partido Mixto y Liquidador en materia Penal, incurrieron en un acto arbitrario y discrecional, ya que sus argumentos vulneraron el debido proceso y el principio de legalidad en su vertiente motivación del fallo, resultando el mismo un pretexto por cuanto lo que se persigue es que el Juez de la causa pronuncie otra resolución, en la que se aplique el entendimiento expuesto en el Auto de Vista 347/10 y no en la doctrina legal aplicable, cuestionando igualmente la forma de resolución, toda vez que la apelación no fue resuelta en la forma en que fue planteada, resolviendo la misma de manera ultra petita en perjuicio de los intereses de la parte demandada.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- I.3. Petitorio
- “denegó”
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- a) Exposición con precisión y claridad de los hechos
- c) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- i) Acreditar la personería del accionante
- ii) Nombre y domicilio de la autoridad demandada
- iii) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión la pretensión
- 2º Disponer