SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2011-R

Fecha: 03-Jun-2011

2.

2.   Por el tiempo transcurrido, seguridad jurídica y en mérito a la facultad conferida por el art. 48.4 de la Ley del Tribunal Constitucional, dado el efecto inmediato de la resolución del Tribunal de garantías que concedió la tutela, se dimensiona el efecto de la presente Sentencia Constitucional en sentido de que en caso de haberse definido la situación jurídica con relación a la medida cautelar por parte de la autoridad jurisdiccional, en mérito al cumplimiento de la resolución de la Jueza de garantías, se mantienen válidos dichos actos.