Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0843/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En el marco de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, fueron designados los nuevos Magistrados de este Tribunal, a quienes por Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se les amplió el mandato para conocer causas presentadas a partir del 7 de febrero del año 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional, por lo que según Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, convinieron proceder al sorteo de causas pendientes. En el caso, habiéndose efectuado tal actuado procesal el 17 de mayo de 2011, la presente Sentencia se pronuncia dentro de plazo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.3. Obligación de acudir ante el juez cautelar como contralor de los derechos y garantías
- y específicamente, de los actos del Ministerio Público y de los funcionarios policiales, conforme prescriben los arts. 54 inc. 1) y 279 del CPP.
- concedido
- REVOCAR