SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0843/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0843/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

III.3.   Obligación de acudir ante el juez cautelar como contralor de los derechos y garantías

La positivación de los derechos humanos en el ámbito del Derecho interno de los Estados, se caracteriza por la consagración de estos en las Constituciones de los diferentes Estados, describiendo sus contenidos esenciales, alcances y sobre todo las obligaciones que tiene el Estado de protegerlos, promocionarlos y respetarlos; es decir, que actúa a través de una doble dimensión: la abstención de violarlos y por otro lado implantar las políticas necesarias para su protección. Uno de los mecanismos para lograr su materialización, lo constituyen las garantías jurisdiccionales que se encuentran contempladas en la Constitución Política del Estado, encontrándose entre ellas la acción de libertad. Este mecanismo de protección consagrado en el art. 125 de la CPE, ha sido instituido por el constituyente como una vía que protege el derecho a la libertad física o de locomoción (éste último de acuerdo a lo desarrollado a partir de la SC 0023/2010-R, sólo será protegido cuando esta vinculado con el derecho a la libertad física, derecho a la vida o la salud); asimismo, protege el debido proceso cuando esté estrechamente conectado con la libertad personal.