SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0861/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.1.
II.1. Dentro la acción penal interpuesta por el Ministerio Público y “Erika” Verónica Vela Kantuta contra Benito Miranda Chuca por el supuesto delito de violación a niño, niña, adolescente en grado de tentativa y abuso deshonesto, mediante Resolución 14/2010 de 14 de enero, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva solicitada por el imputado ahora accionante, haciendo conocer al mismo de que la presente resolución no causa ejecutoria, y una vez desvirtué los peligros procesales inicialmente advertidos en su persona, su solicitud puede ser atendida (…) Pudiendo la misma ser objeto de apelación, de conformidad a lo que establece el art. 251 de la Ley 1970 (sic) (fs. 30 a 33).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- ”El Código de procedimiento penal, dentro del sistema de recursos que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, que se muestra como un recurso sumario, pronto y efectivo, dado que conforme lo establece el art. 251 del CPP
- En consecuencia, en los supuestos en que la norma procesal ordinaria, de manera específica, prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad presuntamente lesionado, estos deben ser utilizados antes, circunstancia en la que, excepcionalmente, la acción de libertad operará de manera subsidiaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR