SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0910/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0910/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

III.3. Análisis del caso concreto

En la problemática planteada, los demandados dilataron, pese a existir antecedentes serios de la indebida detención en la que se encontró la accionante, expresados por una Comisión Internacional, como es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Sub Sede Buenos Aires de la República de Argentina, la resolución de la recusación presentada por el querellante, sin tomar en cuenta que no tenían necesidad alguna de declarar cuarto intermedio e incluso de considerar la recusación, pudiendo rechazarla, toda vez que el querellante en el desarrollo del proceso penal, vino haciendo uso desmedido de recusaciones contra toda autoridad que podría resolver la situación jurídica de la accionante; en ese entendido, tomando en cuenta la jurisprudencia constitucional, los tribunales de recusación, son irrecusables, por lo que estaba en sus manos brindar una mayor celeridad procesal al caso, más aún, tendiendo el antecedente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que condenó al Estado boliviano al pago de una indemnización justa por los daños ocasionados a la accionante.