SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0915/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.5.
II.5. De acuerdo al acta de la audiencia preliminar de 25 de noviembre de 2008, durante su desarrollo el abogado defensor del accionante observando el tiempo transcurrido desde la supuesta contravención a la fecha de la declaración informativa de su defendido, planteó perención de instancia invocando el art. 309 del Código de Procedimiento Civil (CPC) pedido que fue resuelto en la misma audiencia de forma denegatoria en razón al art. 27 del Reglamento de Régimen Disciplinario que establecía la prescripción de faltas graves en 24 meses. En la misma audiencia el accionante declaró: "… efectivamente esta falta de alguna manera si he cometido la falta como todos sabemos todos tenemos errores, desde marzo no he tenido falta alguna he tenido una conducta impecable…" (sic) (fs.51 a 53).
- I.1.1
- 1)
- a)
- i)
- DENEGÓ
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- : 1)
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- derecho a no declarar contra si mismo
- es preciso recordar que el derecho y garantía genérica del debido proceso no se restringe en su aplicación al ámbito jurisdiccional solamente, sino que es extensiva a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad
- , a la defensa
- el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido y por ello mismo es inviolable por las personas o autoridad que impidan o restrinjan su ejercicio
- el derecho a la defensa alcanza a los siguientes ámbitos: i) el derecho a ser escuchado en el proceso; ii) el derecho a presentar prueba; iii) el derecho a hacer uso de los recursos; y iv) el derecho a la observancia de los requisitos de cada instancia procesal
- III.1.2. Presunción de inocencia
- III.2. Necesaria invocación del derecho considerado lesionado en las instancias judiciales o administrativas
- III.3. Marco normativo del procedimiento disciplinario de la Academia Nacional de Policías
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR