SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0915/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0915/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

III.3. Marco normativo del procedimiento disciplinario de la Academia Nacional de Policías

El Reglamento del Régimen Disciplinario de la Academia Nacional de Policías (RRDANP) aprobado por Resolución del Comando General de la Policía Nacional 331/2004 de 10 de septiembre, en sus arts. 41 a 51 establece el procedimiento para el juzgamiento de faltas disciplinarias de los cadetes de la academia, conforme lo siguiente:

Art. 43º Radicados los antecedentes en la Oficina de Control Disciplinario del Departamento de Instrucción, de acuerdo a rol se designará a un oficial para la investigación. El asignado en el término de  dos días procederá a la notificación del Investigado con el Decreto de Apertura del Sumario y el documento que dé lugar al inicio del procedimiento.

Art. 46º Inicio del Proceso y Notificación.- Recibido el informe de la investigación el Presidente de la Comisión Disciplinaria, en el término de dos días emitirá el Auto Inicial del Proceso e instruirá la notificación al procesado para que comparezca a una audiencia preliminar en el término de 48 horas.