Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 22 de febrero de 2010, Aurora Flores Loza, formuló querella pidiendo la imputación de Natalio Estaca Choque, por la supuesta comisión del delito de lesiones gravísimas de las que fuera víctima su hija menor de edad ADLALF, el 13 de ese mes y año, demanda que fue admitida mediante Auto de 23 del mismo mes y año, situación corroborada a través del informe circunstanciado, que la oficial de policía demandada, Marina Callisaya, presentó ante el Jefe de División de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen de la Dirección Distrital de El Alto (fs. 54 a 57).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3.El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR