Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0936/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
1)
El accionante ratificó íntegramente su demanda y ampliando la misma dijo: 1) De su parte presentaron un memorial ante el fiscal de materia explicando que no se puede criminalizar contratos con características civiles; y, 2) Sorprendentemente, conocieron la imputación, realizándose la audiencia de medidas cautelares, donde el Juez dispuso su detención preventiva, sin considerar el contrato que es netamente civil entre las partes.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 10
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Análisis del caso
- REVOCAR