SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

a través de la acción de amparo constitucional,

Consecuentemente, la supuesta vulneración a los derechos alegados por la accionante, y que hubieran sido cometidas por las autoridades demandadas, no pueden ser objeto de consideración a través de la presente acción tutelar, por cuanto se concluye que los mismos no constituyen la causa directa para la privación de la libertad, además que su representado no se encontraba en estado de indefensión absoluta que le hubiese impedido impugnar las decisiones u omisiones consideradas lesivas dentro del proceso en cuestión; por lo que en el presente caso, tomando en cuenta que las supuestas lesiones están estrechamente vinculadas al debido proceso, debieron ser denunciados ante los jueces y tribunales ordinarios, que conocieron la causa para que de ser evidentes se reparen las mismas; y sólo agotados éstos acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de amparo constitucional, vía idónea para reparar las lesiones a la garantía del debido proceso, por lo que no se puede conceder la tutela en la presente acción tutelar.