Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0977/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.1.
II.1. Por certificado médico de 1 de abril de 2010, suscrito por Jorge Verástegui Lijerón, Médico especialista en cirugía de emergencia, se tiene que Heidi Arias Miranda, acudió por emergencia el 31 de marzo de ese mismo año a horas 20:00, encontrándose en esa fecha internada en el servicio de cirugía con tratamiento médico (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- PROCEDENCIA”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. En cuanto a la privación de libertad en establecimientos de salud con motivo de la falta de pago de servicios médicos y el caso concreto
- Fragmento 9
- ordenar la tutela
- APROBAR