SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0979/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0979/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

“procedente”

Concluida la audiencia, el Juez de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 003/2010 de 21 de abril, cursante de fs. 13 a 14 vta., declarando “procedente” el “recurso” de acción de libertad con relación a Edwin Manu y Sergio Franco, e “improcedente” con relación a David Díaz y Braulio Poma; con los siguientes fundamentos: a) Existió una flagrante violación al derecho de locomoción del “recurrente” al privarlo de su libertad con procedimientos fuera de ley; b) También existió una flagrante violación al art. 228 del CPP, al disponer la libertad de una persona arrestada; c) Los “recurridos” no cumplieron con su obligación de poner en conocimiento del Fiscal dentro de las ocho horas de su primera intervención; d) No aplicaron los principios básicos de actuación establecido en el art. 296 del CPP; y, e) El art. 125 de la CPE, establece que la acción de libertad se constituye en un medio de defensa para el restablecimiento de las formalidades legales y se restituya el derecho a la libertad.