Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1046/2011-R
Fecha: 29-Jun-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
Mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal a través de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de las causas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- “improcedencia”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.3.
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- III.1. Resoluciones emitidas por la administración tributaria como actos administrativos
- III.2. Sobre la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR