AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2011-RCA

Fecha: 26-Jul-2011

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 19 de octubre de 2009, cursante de fs. 61 a 72, los accionantes manifiestan que, en total desconocimiento de ZOFRACO S.A., empresa a la que representan, el 16 de diciembre de 2008, se habría evacuado el informe técnico VMGEI 302, por el que supuestamente se constató “…la paralización del servicio público de la Zona Franca Comercial e Industrial” (sic), por lo que se recomendó la aplicación del Decreto Supremo (DS) 29858 de 15 de diciembre de 2008, motivo por el cual los Ministerios de Hacienda y Producción y el de Microempresas, emitieron la Resolución Biministerial 04/2008 de 16 de diciembre, disponiendo la intervención administrativa de los recintos y oficinas de las zonas francas industriales y comerciales, de propiedad de la empresa ZOFRACO S.A.; contra tal Resolución, considerada como ilegal y arbitraria por los accionantes, se presentó un recurso de revocatoria que mereció la Resolución Biministerial 01/2009 de 3 de febrero, que confirmó en todas sus partes la Resolución impugnada, lo que motivó la interposición de un recurso jerárquico ante el Presidente del Estado Plurinacional, quién mediante Resolución Administrativa (RA) 013/09 de 13 de abril de 2009, confirmó en todas sus partes, la citada Resolución.

Finalmente indican que, la Resolución que determinó la intervención administrativa de ZOFRACO S.A., no fue emitida en base a un informe que reflejara la realidad de los hechos, pues no se tomó en cuenta que los recintos no se cerraron, ni dejaron de prestar servicios en ningún momento y que dicha determinación no ha observado el procedimiento legal, establecido para este fin.