b.
b. Asegura también el fallo objeto de disidencia, que: “si bien el accionante fue 'interceptado' por funcionarios de Migración y orden y Seguridad, para luego ser trasladado a dependencias de Migración y que ante dicha instancia, le pidieron que exhiba su pasaporte, indicando que dicho documento se encontraba en su domicilio, por lo que tuvieron que 'acompañarlo' a recogerlo(…) De lo indicado se desprende que Emersón Schuster, en ningún momento estuvo privado de su libertad y menos perseguido ilegalmente, ni se puso en riesgo su vida…”.
- el objeto
- a.
- b.
- c.
- 3. El debido proceso
- “1) Derecho fundamental
- 2)
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo
- 4. Respecto al instituto de la expulsión de extranjeros y su trámite en las dependencias de migración
- nacionalidad
- principio de reserva legal
- Resulta relevante, destacar, que el art. 20 inc. h) del DS 24423 fue declarado inconstitucional por la SC 004/2001,
- 5. Posición del Magistrado disidente en relación al caso concreto
- “suspensivo”
