Sentencia: 0466/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0466/2011-R

Fecha: 14-Jul-2011

2.3.  Sobre el marco normativo respecto a la responsabilidad de los funcionarios del Ministerio Público

En el marco constitucional actual, la responsabilidad del servidor público se constituye en un principio de la Administración Pública (establecido por el art. 232), y en mérito a éste, en el Capítulo Cuarto del Título Quinto de la Segunda Parte de la Constitución, se establece el régimen de obligaciones de los servidores públicos, así como las prohibiciones para el ejercicio de la función pública.

El Fiscal General de la República podrá suspender de sus funciones mediante resolución fundamentada a los fiscales que hayan sido formalmente acusados mientras dure el proceso penal. Ahora, si bien dicha norma hace referencia, de manera genérica, a la suspensión de funciones, ésta en parte alguna especifica si la mencionada suspensión es con goce o sin goce de haberes; empero, en el marco del entendimiento contenido en la SC 0079/2005, haciendo una interpretación desde y conforme a la Constitución Política del Estado, en armonía con las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia, tendría que concluirse que no es posible la suspensión sin goce de haberes, por las razones anotadas en el punto 2.1 del presente Voto Disidente.