Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1065/2011-R
Fecha: 11-Jul-2011
II.1.
II.1. La accionante no adjuntó a su memorial de acción de libertad, ninguna prueba ni antecedente alguno que acredite la existencia de un arresto o aprehensión indebida e ilegal; sin embargo, en base al informe y a todas las actuaciones, se evidenció que existió imputación formal presentada por los Fiscales de Materia contra la accionante, en la que solicitaron la aplicación de medida cautelar, audiencia que no se pudo llevar a cabo, debido a que la accionante recusó a las autoridades jurisdiccionales que se sucedieron a su turno (fs. 8 y 9 a 12).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- u otra forma de restricción de la libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- c)
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR