AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2011-RCA

Fecha: 02-Ago-2011

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 1 de octubre de 2009, cursante de fs. 39 a 45, el accionante manifiesta que admitida la querella por el delito de bigamia por la Fiscal, Rosario Durán Castro; la misma, inicio las diligencias preliminares, para posteriormente, mediante Resolución 205/2008 de 10 de noviembre, imputar formalmente a Judith Margot Miranda Zambrana, por los delitos de bigamia y lesiones graves.

Agrega que el 8 de diciembre de 2008, la imputada formuló excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de bigamia, excepción que fue resuelta mediante Resolución 016/2009 de 16 de enero, declarando improbada la misma y disponiendo la continuación de la investigación; determinación que fue apelada por la imputada; no obstante, de manera sorpresiva se efectuó cambio de la Fiscal, por Karina Palacios, quien a su vez fue sucedida por la Fiscal, Marianela Ríos Tórrez, autoridad que no realizó ningún acto investigativo, al contrario, se parcializó con la imputada y pronunció Resolución de sobreseimiento 84/09 de 17 de marzo de 2009, Resolución que al ser impugnada el 27 de marzo de 2009, fue resuelta por Jorge Gutiérrez Roque, Fiscal de Distrito, quien pronunció la Resolución 297/09 de 1 de abril de 2009, confirmando la resolución impugnada.

Finalmente, el accionante manifiesta que los Fiscales, al emitir las Resoluciones 84/09 y 297/09, omitieron indebidamente la Resolución 016/2009, emitida por la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal, que tiene a su cargo el control jurisdiccional de la investigación, que disponía la continuidad de la investigación, provocando deliberadamente la restricción y supresión de sus derechos y garantías constitucionales; además, de incurrir en usurpación de funciones de la Jueza de la causa, al contradecir esta última Resolución.