AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2011-RCA

Fecha: 02-Ago-2011

improcedente in límine

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 68/2009 de 2 de octubre, cursante a fs. 50, declaró improcedente in límine la acción, argumentando que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior, mediante sorteo efectuado por el sistema IANUS, conoció la acción de amparo constitucional, interpuesta por Óscar Oswaldo Álvarez Chambi contra el Fiscal de Distrito de La Paz y la Fiscal de Materia, al respecto, por Resolución 61/2009 de 2 de septiembre, rechazó in límine la acción intentada por el mismo accionante; empero, aquel no impugnó la referida Resolución, tal como dispone el AC 0107/2006-RCA de 7 de abril; y en consecuencia, observando la línea jurisprudencial sentada por el Tribunal Constitucional, a través de las SSCC 1397/2003-R, 0040/2004-R y 31/2005-R, entre otras, en razón a que la primera fue rechazada, al presente la nueva acción resulta ser la segunda contra las mismas autoridades y con el mismo objeto, situación que refiere a la aplicación del art. 96.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).