Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2011-RCA
Fecha: 05-Ago-2011
I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
Los accionantes estiman como vulnerados sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, en sus elementos a la presunción de inocencia, a un tribunal imparcial y a la valoración objetiva de la prueba, citando al efecto los arts. 115, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- calificación jurídica (derechos lesionados) y no otra.
- 1)
- c) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR