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    AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2011-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2011-RCA

    Fecha: 05-Ago-2011

    I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados

    Los accionantes estiman como vulnerados sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso, en sus elementos a la presunción de inocencia, a un tribunal imparcial y a la valoración objetiva de la prueba, citando al efecto los arts. 115, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • rechazó in límine
    • II.1. Consideraciones   previas:   Aplicación   de   la   Ley   del   Tribunal Constitucional
    • II.2. Análisis  previo  a  la  admisibilidad  de  la  acción  de  amparo constitucional
    • calificación jurídica (derechos lesionados) y no otra.
    • 1)
    • c)  Fijar  con  precisión el  amparo  que  se solicita  para  preservar  o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
    • Fragmento 9
    • Fragmento 10
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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