Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0236/2011-RCA
Fecha: 12-Ago-2011
APROBAR,
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR, con los fundamentos expuestos la Resolución de 8 de abril de 2010, cursante a fs. 28, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, declarar el RECHAZO de la acción tutelar.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 6
- no pudiendo comprender dentro de las mismas al recurso de amparo constitucional que es un recurso extraordinario,
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso concreto
- se computa en forma corrida
- APROBAR,