Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2011-RCA
Fecha: 29-Ago-2011
2º
2º Disponer que el Tribunal de garantías, con carácter previo, otorgue el plazo de cuarenta y ocho horas para identificar y señalar el domicilio de todos los terceros interesados y ante su cumplimiento, se ADMITA la acción de amparo constitucional y seguidos los trámites de rigor, en audiencia pública de consideración de la misma, determine lo que corresponda en derecho, concediendo o denegando la tutela.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazo in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- improcedencia
- II.3. Análisis del caso concreto
- Sobre la personería:
- Sobre la prueba en la que fundan su pretensión:
- Sobre la identificación de tercero interesado:
- Sobre los hechos que sirven de fundamento:
- Sobre la causa de pedir de la acción:
- 2º