Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0256/2011-RCA
Fecha: 29-Ago-2011
Sobre los hechos que sirven de fundamento:
Sobre los hechos que sirven de fundamento: Los hechos relevantes y que fundamentan fácticamente la acción, están expuestos con precisión y claridad, conforme se tiene anotado en los antecedentes, en el punto I.1. del presente Auto Constitucional, respecto a la vulneración de derechos, al pronunciar la Resolución de recusación 13/2010, que declaró probada la misma, al no considerar la oportunidad en la que se presentó la recusación y se apartó a los Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia, del conocimiento del proceso penal, es decir, que ya se había pronunciado y dado lectura a la Sentencia, pronunciada por los recusados.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazo in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- improcedencia
- II.3. Análisis del caso concreto
- Sobre la personería:
- Sobre la prueba en la que fundan su pretensión:
- Sobre la identificación de tercero interesado:
- Sobre los hechos que sirven de fundamento:
- Sobre la causa de pedir de la acción:
- 2º