AUTO CONSTITUCIONAL 0260/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0260/2011-RCA

Fecha: 31-Ago-2011

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 18 de enero de 2011, cursante de fs. 84 a 90, el accionante refiere que la Directora Distrital de Educación de “Santa Ana del Yacuma -Exaltación”, instauro proceso disciplinario en su contra, a cuyo efecto conformó un Tribunal Disciplinario de forma posterior al hecho que se le acusa, por lo que habiendo sido juzgado por un Tribunal especial, se violó su derecho a ser juzgado por un juez natural.

Finalmente indica que, el Tribunal Disciplinario a momento de resolver la causa efectuó una incorrecta e indebida interpretación de la legislación ordinaria, pues no realizó una valoración correcta de los hechos imputados en su contra, ya que del contenido de la Resolución 01/2010 de 19 de abril, emitida por el referido Tribunal, se observa la falta de vinculación de las pruebas con los tipos disciplinarios aplicados en su contra, como ser hostigamiento, reincidencia y violencia o intimidación psicológica, pues el simple argumento de haber insistido en trabajos académicos y citarlas a las alumnas a su domicilio a efecto de que dichas obligaciones sean cumplidas, no puede ser determinante para establecer que su persona incurrió en las faltas disciplinarias que se le indilga, violentando de esa manera la reglas mínimas de interpretación contextualizada, exigida por el Tribunal Constitucional en una resolución de fondo.