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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1083/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1083/2011-R

    Fecha: 16-Ago-2011

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    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Fragmento 9
    • sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
    • III.2. La acción de libertad debe presentarse cuando persiste la persecución ilegal o lesión al derecho a la libertad, no cuando cesó la misma
    • Primero.- Cuando el acto ilegal o indebido denunciado sea la detención o privación de libertad física del agraviado o accionante, la acción de libertad debe ser interpuesta mientras exista la lesión, no cuando ha cesado.
    • -excepción-
    • previamente a la presentación de la presente acción de libertad
    • la justicia constitucional no puede aceptar, porque entre otras cosas, podría conllevar a dos pronunciamientos contradictorios, uno en la justicia constitucional y otra en la ordinaria, causando también disfunciones procesales negativas y no deseadas a este nuevo modelo constitucional plurinacional
    • como sucede en el presente caso-
    • Fragmento 17

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