SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1103/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

II.1.

II.1.  En la audiencia de lectura de Sentencia efectuada el 14 de abril de 2010, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el accionante por el delito de violación agravada a niño, niña o adolescente, concluida la lectura, el Fiscal solicitó al Tribunal Primero de Sentencia la modificación de las medidas cautelares impuestas al acusado, con el argumento de haber sido condenado en primera instancia a la pena privativa de libertad de 25 años sin derecho a indulto, lo cual denota que existe certeza de haber sido el autor del delito imputado, por lo que en aplicación de la SC 0012/2006-R de 4 de enero, solicitó la modificación de las medidas cautelares impuestas al imputado y se disponga su detención preventiva; petición sobre la cual el abogado de la defensa alegando la igualdad que debe existir entre partes, pidió que se aplique el procedimiento establecido en el art. 247 del CPP, ameritando que se notifique a su defendido previamente para no colocarlo en indefensión, además señalando que la petición del Ministerio Público no fue debidamente fundamentada ni documentada. Escuchadas las exposiciones de las partes, el Tribunal Primero de Sentencia dictó el Auto de la misma fecha, resolviendo modificar las medidas sustitutivas impuestas al imputado, dejando sin efecto las medidas sustitutivas y ordenando su detención preventiva en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (Palmasola), librándose en el acto, el correspondiente mandamiento de detención preventiva (fs. 6 a 9).