SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1110/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1110/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

cualquier juez o tribunal competente en materia penal…

Conforme a lo referido precedentemente, una de las modificaciones introducidas en la Ley Suprema, es la relativa a la competencia del juez o tribunal que conoce y resuelve la acción de libertad, la que está expresamente establecida  en el art. 125  de la CPE, que de manera clara establece que “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal…” (las negrillas nos corresponden), lo que sin duda es saludable, dada la especialización de los jueces en esta materia de la cual emergen la mayoría de las acciones de libertad.