Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que, la autoridad demandada vulneró su derecho a la libertad de locomoción, ya que fue detenido en la ciudad de La Paz por la supuesta comisión del delito de violación, habiendo sido trasladado a la ciudad de El Alto, por falta de competencia del Fiscal de La Paz, sin que exista mandamiento de aprehensión al momento de su detención, y ni siquiera figure denuncia o declaraciones de los denunciantes o de la supuesta víctima, y sin que se lo hubiese puesto bajo control jurisdiccional. Corresponde analizar, si en el presente caso, se debe otorgar o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 'La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso concreto
- desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- APROBAR