SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante alega que se encuentra detenido en dependencias de la FELCC de la ciudad de El Alto por la supuesta comisión del delito de violación, por el cual fue detenido el 30 de mayo de 2010 en la ciudad de La Paz, lugar en el que, la autoridad fiscal decidió remitirlo ante el Fiscal de turno de El Alto por falta de competencia, el mismo día, habiendo la Fiscal, Verónica Viscarra, ahora demandada, luego de entrevistarse con la madre de la víctima, con la víctima y con el ahora accionante, quien confirmó los hechos relatados por la afectada, decidido emitir requerimiento de aprehensión con el que se notificó al imputado a horas 10:15 del 31 de mayo de 2010, habiéndose puesto en conocimiento del proceso a la autoridad jurisdiccional a horas 17:40 de igual fecha; es decir dentro del plazo de 24 horas establecido por los arts. 289 y 298 del CPP.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 'La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso concreto
- desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- APROBAR