Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
II.6.
II.6. Mediante memorial de 28 de noviembre de 2009, el accionante nuevamente solicitó se libre el correspondiente mandamiento de libertad, a lo que la autoridad demandada mediante providencia de 30 del mismo mes y año dispuso que el indicado memorial pase a conocimiento de la parte adversa (fs. 10 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el derecho a la vida
- III.2. La celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- acción de libertad
- III.3. El principio de celeridad y la dilación indebida en la tramitación de las solicitudes de concesión de libertad cuando la vida corre grave riesgo
- III.4. Análisis del caso de autos
- dispuso que con carácter previo se notifique a las partes con la indicada Resolución
- dispuso vista fiscal
- atendiendo su derecho a la salud y a la vida
- APROBAR