SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2011-R

Fecha: 29-Ago-2011

III.4. Otras consideraciones

Por último es necesario referirse al contenido de lo determinado por los Vocales demandados, a momento de resolver la solicitud del accionante de aclaración y complementación en la misma audiencia de apelación incidental de 2 de junio 2010, quienes, a título de aclaración, modificaron sustancialmente los fundamentos del Auto de Vista 214 de 2 de junio de 2010, al señalar que únicamente la causal del art. 235.1 del CPP, no se desvirtuó, sobre la base de las declaraciones de la coimputada Sandra Mamani Sirpa, cuando en los fundamentos del Auto de Vista concluyeron que no se desvirtuó el peligro de obstaculización, inserto en el art. 235.1 y 2, con otros fundamentos en los que no mencionaron en ningún momento las declaraciones de la coimputada aludida, sobrepasando con esta actuación los alcances de la explicación, complementación y enmienda, por cuanto la misma: “… no se trata de un recurso, ni de un acto tendiente a modificar la sustancia de la decisión, sino sólo eventuales omisiones o defectos que puedan subsanarse sin incidir en el fondo de la resolución, o, para referirse a deficiencias materiales o conceptuales que hiciesen dificultosa la comprensión de la decisión” (SC 0962/2011-R de 22 de junio).