Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1195/2011-R
Fecha: 06-Sep-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009, es decir bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de causas. Por lo cual, en el presente caso, habiéndose efectuado tal actuado procesal, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.3. Informe del Fiscal
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 8
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- III.2. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones simultaneas
- Fragmento 11
- ya se resolvió su situación jurídica
- APROBAR,