SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1195/2011-R
Fecha: 06-Sep-2011
ya se resolvió su situación jurídica
En ese sentido, el accionante ya denunció ante la autoridad competente, su aprehensión ilegal que afectó presuntamente su derecho a la libertad, aspecto que impide a este Tribunal Constitucional ingresar al análisis de fondo, pues el accionante activó al mismo tiempo en la vía jurisdiccional ordinaria un mecanismo a través del cual, ya se resolvió su situación jurídica, correspondiendo en consecuencia, aplicar la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional; lo contrario podría causar disfunciones procesales no deseadas por el orden constitucional, correspondiendo denegar la tutela; más aún, si el representado del accionante se encuentra en libertad irrestricta.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.3. Informe del Fiscal
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 8
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- III.2. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones simultaneas
- Fragmento 11
- ya se resolvió su situación jurídica
- APROBAR,