Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1205/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
II.1.
II.1. Una vez recibido el informe de investigaciones respecto a la querella formulada por el representante del INRA, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, dictó la Resolución de 20 de mayo de 2010, declinando competencia por cuanto el objeto de la investigación se encuentra en la comunidad de Tocoloma, zona de Tarata, lugar donde pueden ser habidos los implicados y las eventuales víctimas, por lo que corresponde remitir obrados ante el Juez de Instrucción en lo Penal de Tarata, provincia Esteban Arce del Distrito Judicial de Cochabamba por ser competente (fs. 19).
- I.1.1
- I.2.Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- el objeto de tutela de la acción de libertad es el derecho a la libertad física, a la vida, y al debido proceso, cuando existe vinculación con el derecho a la libertad
- III.3. Sobre el plazo de remisión de los aprehendidos ante el juez cautelar
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR