SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1205/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1205/2011-R

Fecha: 13-Sep-2011

III.4. Análisis del caso concreto

Al respecto, de los antecedentes que cursan en obrados, se comprueba que el 23 de junio de 2010, la Fiscal demandada expidió orden de aprehensión contra los actuales accionantes, y en cumplimiento a esa instrucción, éstos fueron aprehendidos el mismo día a horas 10:55 Carlos Herbas Encinas, y a horas 10:57 Felicidad Herbas Encinas, mientras que la imputación formal fue presentada por el Ministerio Público a horas 10:28, del 24 de junio de 2010, como consta por el registro digital cursante en el margen superior de fs. 23; consiguientemente, en este caso el plazo previsto en el art. 226 del CPP, fue cumplido, de lo que se concluye que la Fiscal demandada no incurrió en ningún acto ilegal lesivo a la libertad física de los accionantes.

          Por otro lado, aunque no fue reclamado expresamente por los accionantes en su demanda, es necesario referirse al tema de la competencia territorial de los jueces en materia penal, al que hizo referencia en audiencia el abogado de la parte accionante, a cuyo efecto corresponde recordar que a través de la        SC 0010/2010-R de 6 de abril, este Tribunal señaló que: “Por la inmediatez con la que debe ser resuelta la situación jurídica de quien se encuentra privado de libertad, la jurisprudencia constitucional contenida en la SC 1584/2005-R de 7 de diciembre, sostuvo que: '… es permisible que un juez incompetente resuelva la solicitud de aplicación de la detención preventiva en un primer momento de la investigación, debiendo inmediatamente de realizado dicho acto remitir las actuaciones al asiento judicial donde debe ejercerse el control jurisdiccional'.

          Por consiguiente, en mérito a la jurisprudencia anteriormente glosada, la actuación del Juez Tercero de Instrucción en lo Penal es absolutamente válida al haber conocido la imputación formal presentada por la Fiscal demandada y señalado audiencia para resolver la aplicación de medidas cautelares solicitadas.