SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1222/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
a)
Por informe escrito cursante a fs. 31 y vta., y en audiencia, Daniel Espinar Molina, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, señaló: a) El 14 de mayo de 2010, Betcy Padilla Rosado, Fiscal de Materia, emitió resolución de imputación formal contra Silverio Inta Chasqui y otros por la presunta comisión del delito de robo agravado, disponiéndose, por Resolución 241/10 de 15 del mismo mes, la detención preventiva del accionante, al haberse demostrado la concurrencia de los requisitos contenidos en los arts. 233, 234 inc. 1) y 235 incs. 1) y 2) del CPP; b) Por memorial presentado el 9 de junio de 2010, el imputado solicito cesación a la detención preventiva, que fue rechazado mediante Resolución 312/10 de 22 de igual mes; c) A momento de dictar la precitada resolución, se tomaron en cuenta los fundamentos y argumentos expuestos por el inculpado en su memorial, observando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 239 del CPP; d) El accionante, no ha justificado de manera objetiva la detención ilegal y el procesamiento indebido alegados, siendo que, todos los actos se encuentran bajo control jurisdiccional conforme disponen los arts. 54 y 279 del CPP; e) No se ha observado el principio de subsidiariedad, en el entendido de que, el accionante, pudo recurrir en apelación incidental; y, f) No se ofreció el cuadernillo de investigaciones como nuevo elemento de prueba a momento de presentar la solicitud de cesación de la detención preventiva; por lo que, conforme a lo dispuesto por el art. 173 del CPP, la resolución de rechazo de cesación de la detención preventiva se basó en los elementos probatorios existentes.
- “no refiere presentar planilla de pago simple”
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. El recurso de apelación como medio idóneo para impugnar resoluciones que impongan, rechacen o modifiquen medidas cautelares
- III.3. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- “III.4.Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR