SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1222/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante, interpuso la presente acción tutelar denunciando que dentro del proceso penal que el Ministerio Público sigue en su contra, por la presunta comisión del delito robo agravado, no obstante de haber presentado documental que desvirtúa la existencia de los riesgos procesales de peligro de fuga y obstaculización, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, pronunció en primera instancia la Resolución 241/10 de 15 de mayo; disponiendo su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal; por lo que, por memorial de 9 de junio de 2010, solicitó cesación de la detención preventiva, que fue rechazada por el Juez de la causa, ahora demandado, mediante Resolución 312/10 de 22 del indicado mes, argumentando no haberse acreditado la existencia de actividad lícita mediante la presentación de planilla de pago de haberes. Al respecto, conforme lo señala la jurisprudencia citada en los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3, del presente fallo y que es de aplicación al caso de autos, el Tribunal Constitucional reconoce la subsidiaridad excepcional de la acción de libertad, en aquellos supuestos en que existe otro medio o mecanismo legal previsto por la ley ordinaria para la defensa de derechos y garantías fundamentales, como el caso en análisis, en que debieron interponer el recurso de apelación incidental al estar previsto por el art. 251 del CPP, contra la resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares, que es, como se ha señalado, el medio idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad antes de acudir al hábeas corpus, cuya subsidiaridad excepcional, determina, en este caso, la improcedencia de esta acción tutelar..
- “no refiere presentar planilla de pago simple”
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. El recurso de apelación como medio idóneo para impugnar resoluciones que impongan, rechacen o modifiquen medidas cautelares
- III.3. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- “III.4.Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR