Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1223/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de los derechos de su representada, toda vez que, mediante Resolución 18/09 de 14 de enero, se revocó la Resolución 174/08, indicando que la representante del accionante, había incumplido las medidas sustitutivas impuestas, pero posteriormente solicitaron la cesación a la detención preventiva al Tribunal Sexto de Sentencia (de turno por vacación judicial), y señalada la audiencia, en dos oportunidades fue suspendida a solicitud del Ministerio Público. En consecuencia, corresponde en revisión analizar, si tales extremos con evidentes a fin de conceder o denegar la tutela.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja, o en su caso, dadas las circunstancias que puedan presentarse, dentro de un plazo razonable
- c) Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- Sobre la actuación de la Sala Penal Primera
- Fragmento 16