SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2011-R

Fecha: 13-Sep-2011

1)

La Resolución fue dictada con los siguientes fundamentos: 1) Conforme al art. 1282.I del Código Civil (CC), nadie puede hacerse justicia por sí mismo; 2) Sobre la legitimación pasiva para ser demandado, la acción de libertad puede ser interpuesta contra autoridades y personas particulares; y, 3) José René Grágeda Cámara, procedió de manera ilegal al colocar candados en el inmueble de su propiedad alquilado a la accionante, provocando que Liliana Guzmán Egüez y Maximiliano Cruz Mamani, quienes trabajan en el lugar, sean privados de su derecho a la libertad y por ende al de locomoción, ante la falta de pago de alquiler por parte de la accionante, debiendo el demandado “respetar el derecho constitucional de libertad de locomoción que tiene respecto al inmueble que le ha alquilado y tiene el plazo vigente” (sic).