Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 7/2009 de 28 de agosto, cursante de fs. 137 a 139, dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, y, en consecuencia se dispone el pago de los salarios del accionante por los meses trabajados de febrero y marzo de 2009 con costas que se harán efectivos mediante el Tribunal de garantías.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El personal docente y administrativo prestará sus servicios durante toda la gestión escolar obligatoriamente en la unidad educativa donde fue contratado
- III.2.
- APROBAR